en nombre del derecho a la Libertad de Expresión exigimos:

Inmediata derogación de la Ley 88 de 1999
Libertad absoluta e incondicional para todos los prisioneros de conciencia.

Sunday, September 20, 2009

Libertad de pensamiento, palabra y expresión

El derecho a la libertad de pensamiento y expresión que permite la libre difusión de las ideas, no sólo es esencial para el ejercicio democrático de una sociedad con auténtica participación política, el fomento de las artes y el avance de las ciencias. Es, sobre todo, un derecho fundamental, inherente a todo ser humano establecido en el artículo 19º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948:
“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.”
También la "Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica" de 1969, señala en el Artículo 13°:

 (…) No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.”

“Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideraciones de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección y gusto."
Y desde 1940 la Constitución cubana en su artículo 33° consagró este derecho inalienable:
"Toda persona podrá, sin sujeción a censura previa, emitir libremente su pensamiento de palabra, por escrito o por cualquier otro medio gráfico u oral de expresión, utilizando para ello cualesquiera o todos los procedimientos de difusión disponibles.
Pero al ser reemplazada por la actual Constitución Socialista, se condicionó el ejercicio de este derecho a la adhesión a la revolución y el socialismo:
artículo 53o.- Se reconoce a los ciudadanos libertad de palabra y prensa conforme a los fines de la sociedad socialista […]la prensa, la radio, la televisión, el cine y otros medios de difusión masiva son de propiedad estatal o social y no pueden ser objeto, en ningún caso, de propiedad privada, lo que asegura su uso al servicio exclusivo del pueblo trabajador y del interés de la sociedad. La ley regula el ejercicio de estas libertades.
artículo 62o.- Ninguna de las libertades reconocidas a los ciudadanos puede ser ejercida contra lo establecido en la Constitución y las leyes, ni contra la existencia y fines del Estado socialista, ni contra la decisión del pueblo cubano de construir el socialismo y el comunismo. La infracción de este principio es punible.
Cuando a finales de la década de los noventa, los periodistas independientes decidieron ejercer su derecho a la libertad de expresión difundiendo por diferentes medios la realidad de la isla, la respuesta gubernamental fue: Represión. El 19 de febrero de 1999 entra en vigor, la Ley 88 de Protección de la Independencia Nacional y la Economía de Cuba. Ley Mordaza que establece largas condenas de cárcel y hasta la pena de muerte para quienes comentan “delitos” como colaborar en medios de prensa ajenos a la prensa oficial, poseer o distribuir publicaciones independientes considerados como "material subversivo" y perturbar el orden público mediante cualquier manifestación discrepante de la política oficial, agravados si se ejecutan entre dos o más personas.

Veintiséis periodistas independientes fueron condenados en la primavera del 2003 a penas que en conjunto representan 1444 años de prisión. Ellos no robaron, asesinaron o pusieron bombas. Ellos no se alzaron en armas ni trataron de asaltar un cuartel militar. Ellos, simplemente, ejercieron el derecho universalmente aceptado de emitir libremente sus pensamientos:

Unión de Periodistas y Escritores Cubanos Independientes (UPECI):
              Victor Rolando Arroyo Carmona Condenado a 26 años

Cooperativa Avileña de Periodistas Independientes (CAPI)
            Pedro Argüelles Morán Condenado a 20 años
            Pablo Pacheco Ávila Condenado a 20 años

Agencia Noticiosa de Cuba (ANC)
            Mijail Barzaga Lugo Condenado a 15 años

Agencia de Noticias "Pátria"
            Adolfo Fernández Sainz Condenado a 15 años
            Ivan Hernández Carrillo Condenado a 25 años

Agencia de noticias "Havana Press"
           Miguel Galván Gutiérrez Condenado a 26 años

Grupo de Trabajo Decoro
           Omar Moises Ruiz Hernández Condenado a 18 años        
           José Ubaldo Izquierdo Hernández Condenado a 16 años                 
           Héctor Maseda Gutiérrez Condenado a 20 años


 Agencia de Noticias "Libertad"
           José Luis García Paneque (director)  Condenado a 24 años
           Ramón Velázquez Toranso  Condenado a 3 años

Agencia de Noticias "De Cuba"/ corresponsal de Reporteros sin Fronteras Cadena
           Ricardo González Alfonso (director) Condenado a 20 años

Colegio de Periodistas Independientes de Camagüey (CPIC)
           Normando Hernández González (director) Condenado a 25 años

Agencia de Noticias "El Mayor"
           Alfredo Manuel Pulido López Condenado a 14 años

Agencia de Prensa Libre Oriental (APLO)
           Juan Carlos Herrera Acosta Condenado a 20 años

Agencia de noticias "Nueva Prensa"
           Omar Rodríguez Saludes (director) Condenado a 27 años

Agencia de noticias "Yayabo Press"
           Raymundo Perdigón Brito Condenado a 4 años

Agencia de noticias Cubanet
           Oscar Sánchez Madan Condenado a 4 años

Agencia de noticias "La Estrella Solitaria"
           Alberto Gil Triay Casales  7 años en espera

Periodistas independientes
           Alfredo Felipe Fuentes Condenado a 26 años
           Julio César Gálvez Rodríguez Condenado a 15 años
           Fabio Prieto Llorente Condenado a 20 años

La represión no ha podido evitar el clamor de las voces, que desde Cuba se alzan. Las nuevas tecnologías de la información han contribuido en gran parte al desarrollo del periodismo independiente que en la blogosfera cubana han iniciado su blogostroika. Es un periodismo ciudadano que se abre paso y que ya no pueden detener.
 Para todos ellos

EXIGIMOS LIBERTAD


1 comment:

  1. Felicidades por este Post tan explicito y verdadero.

    Estos son los mensajes que hacen falta.

    Mensajes dirigidos a que sepamos lo que hemos perdido en estos 50 años.
    Esta es una forma excelente de exponer y que llegue a todos.

    Un saludo.

    ReplyDelete